A- de 2020
Ponente Richard Steve Ramírez Grisales
✓Demandante Maria Luciana Cadahia Y Otros·Demandado Universidad Pontificia Javeriana
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La Corte considera necesario decretar pruebas en el presente proceso, con el fin de contar con los elementos probatorios necesarios para adoptar una decisión de fondo en relación con la presunta vulneración de los derechos fundamentales alegados por la actora.
Así mismo, estima necesario disponer la suspensión de términos por el lapso de tres meses, para garantizar la adecuada valoración de las pruebas decretadas, así como del restante acervo probatorio.
Lo anterior, de conformidad con lo previsto por el artículo 64 del Acuerdo 2 de 2015.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (12 puntos)
- PRIMERO. OFICIAR, por medio de la Secretaria General, a Manuela Yepes Benjumea6 para que, en el termino de tres (3) dias habiles a partir del recibo de la presente comunicacion, informe: (i) cuales eran los motivos del "planton" que organizo el 30 de mayo de 2019, (ii) las razones por las cuales el "planton" no se llevo a cabo, (iii) si solicito autorizacion a la Universidad para su convocatoria, (iv) cuales eran las actividades que tenian previsto llevar a cabo en el marco de dicha manifestacion y (v) por que asistio acompanada del estudiante Matias Troconis a la reunion con el Vicerrector del Medio Universitario del dia 30 de mayo de 2019.
- SEGUNDO. OFICIAR, por medio de la Secretaria General, a la Pontificia Universidad Javeriana7, para que, en el termino de tres (3) dias habiles a partir del recibo de la presente comunicacion, informe:
- a) ?Cuales fueron las razones que motivaron la decision de citar a la estudiante Manuela Yepes Benjumea al despacho del Vicerrector del Medio Universitario el 30 de mayo de 2019, con "caracter urgente y prioritario"? ?cual fue el objeto de la reunion? En particular, la Corte solicita a la Universidad indicar: (i) las tematicas abordadas y las decisiones adoptadas en dicha reunion, (ii) las razones para permitir o no el ingreso del estudiante Matias Troconis a la reunion, (iii) los procedimientos internos previstos para citar a los estudiantes a este tipo de reuniones y (iv) si ofrecio acompanamiento psicologico a los estudiantes. De ser asi, precisar a que estudiantes y por que motivo se ofrecio dicho acompanamiento.
- b) Si tenia conocimiento de la intencion de la estudiante Manuela Yepes Benjumea de convocar "a planton y a pintar trapos en la facultad" en razon del despido de Maria Luciana Cadahia. En tal caso, si autorizo que dicha manifestacion se llevara a cabo.
- c) ?Cuales fueron las razones que motivaron la decision de citar a la estudiante Manuela Yepes Benjumea a una reunion con Roberto Vela Mantilla el dia 30 de mayo de 2019? ?que cargo ocupaba Roberto Vela Mantilla y cuales eran sus funciones? ?en que condiciones o casos, la Universidad Javeriana ofrece acompanamiento psicologico a los estudiantes? Para tal fin, podra aportar los documentos internos o protocolos que sustenten la respuesta.
- d) ?A que tipo de "asesoria" se refiere Gustavo Perez Gomez en el correo remitido a Manuela Yepes Benjumea el dia 30 de mayo de 2019? ?a que tipo de "autorizacion de Vicerrectoria Academica" se refiere? ?que cargo ocupaba Gustavo Gomez Perez y cuales eran sus funciones?
- e) ?Cuales son los protocolos previstos por la Universidad Javeriana para "restringir algun tipo de manifestaciones (plantones)"8 por parte de los estudiantes? En particular, la Corte solicita a la Universidad que informe: (i) en que consisten las referidas restricciones, (ii) los procedimientos que deben seguir los estudiantes para llevar a cabo manifestaciones en el campus, (iii) las razones por las cuales la Universidad puede "restringir" las manifestaciones organizadas por los estudiantes, (iv) los funcionarios responsables de adoptar dichas decisiones, (v) si dichas decisiones son susceptibles de recursos al interior de la Universidad, (vi) si existe la obligacion de levantar actas o dejar constancia de dichas decisiones y, por ultimo, (vii) si se siguieron estos procedimientos para aprobar o improbar la manifestacion organizada por Manuela Yepes Benjumea. Para tal fin, la Universidad podra remitir todos los documentos que soporten sus respuestas.
- f) ?Cuantas manifestaciones se han llevado a cabo en la Universidad Javeriana en los ultimos cinco anos? La Corte solicita a la Universidad informar: (i) las fechas de las manifestaciones, (ii) si las manifestaciones fueron autorizadas por la Universidad, (iii) que procedimientos se siguieron para adoptar dichas decisiones, (iv) si se han efectuado manifestaciones sin autorizacion o conocimiento de la Universidad, de ser asi, (v) que acciones se llevaron a cabo en respuesta por parte de la Universidad y, por ultimo (vi) si se impusieron sanciones a los organizadores.
- g) En relacion con Luciana Cadahia: (i) la fecha exacta de terminacion del periodo academico 2019-I y (ii) cuales fueron las justificaciones para ejercer la facultad de despido sin justa causa de los otros dos profesores cuyos contratos laborales han terminado de esta manera durante los ultimos 5 anos. Por ultimo, la Corte le solicita a la Universidad aportar los programas academicos (curriculos) de las clases impartidas por Luciana Cadahia en la Universidad Javeriana.
- TERCERO. Una vez se hayan recolectado las pruebas dispuestas en el presente auto, ORDENAR ponerlas a disposicion de las partes por un termino de tres (3) dias, por medio de Secretaria General, para que se pronuncien en relacion con las mismas. Lo anterior, en cumplimiento de lo previsto por el inciso
- primero. del articulo 64 del Acuerdo 2 de 2015, Reglamento Interno de la Corte Constitucional.
- CUARTO. SUSPENDER los terminos en el presente asunto, por el termino de tres (3) meses, de conformidad con previsto por el articulo 64 del Acuerdo 2 de 2015, "por medio del cual se unifica y actualiza el Reglamento de la Corte Constitucional".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.